17/4/12

El catalán en suspensu nel Ajuntament de Barcelona



Xavier Trias, alcalde de Barcelona

El Supremo suspende 7 artículos del reglamento del catalán del Ayuntamiento de Barcelona


· Este imponía el uso preferente del catalán sobre otra lengua cooficial, el castellano.
· Confirma así el anterior auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
· La sentencia es firme y condena a pagar las costas al Ayuntamiento de Barcelona.
La sección cuarta de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la suspensión de siete artículos del reglamento de uso del catalán del Ayuntamiento de Barcelona, que decidió el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en una anterior sentencia. El fallo de la sentencia del Tribunal Supremo, que se ha conocido este lunes, confirma el auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que suspendió los siete artículos de forma cautelar alegando que existen antecedentes de sentencias que han declarado nulas normativas que imponen directamente el uso preferente del catalán sobre la otra lengua cooficial, el castellano.
El reglamento del uso del catalán del Ayuntamiento de Barcelona, aprobado por el pleno del consejo municipal en febrero de 2010, fue recurrido ante los tribunales por el presidente del grupo municipal del PPC en el consistorio, Alberto Fernández Díaz. Las costas del juicio pueden ascender a los 3.000 eurosLos artículos suspendidos son el 3-1, que establece que las actuaciones internas del Ayuntamiento de Barcelona se han de hacer en catalán; el 3-2, que indica que las actas del consistorio se han de redactar en catalán; el 3-4 relativo a impresos, sellos de goma y análogos, y el 5-2, sobre la expedición de documentos. También se suspendió el artículo 7, en el que se dice que en sus comunicaciones administrativas orales, el personal del ayuntamiento ha de emplear la lengua catalana, excepto cuando el administrado pida ser atendido en castellano, el número 12, referido a la rotulación, y el 18, sobre asientos administrativos. En la sentencia, el Supremo considera que la Sala del TSJC ya valoró los "intereses en conflicto y consideró teniendo en cuenta los mismos que si no se adaptaba la medida cautelar de suspensión, la aplicación de la disposición general a lo largo de la posible duración del proceso podía hacer perder su finalidad legítima al recurso". Para el Supremo, el TSJC ya justificó debidamente en su momento el periculum in mora (peligro de un daño jurídico urgente) que suponía para el interés general de los ciudadanos e incluso de los miembros de la corporación municipal de Barcelona el no poder utilizar indistintamente las dos lenguas cooficiales. Esta sentencia del Tribunal Supremo, que es firme, condena también a pagar las costas al Ayuntamiento de Barcelona, que puede ascender a los 3.000 euros.

Fonte: 20 minutos

más info: la vanguardia

9 comentarios:

  1. La situación producida en el Ayuntamiento de Barcelona es del todo natural, comprensible, lógica, y jurídicamente aplastante, y a continuación argumento el porqué.
    Llevamos toda una vida diciendo ye intentando hacerles comprender que si la ley de leyes delimita clarísimamente que debe de haber bilingüismo, no puede suceder de ningún modo que una lengua domine ni sojuzgue a la otra ni en la enseñanza ni en los servicios públicos al ciudadano español (los catalanes son españoles ¿o no?) en este caso el catalán al castellano, ¡ojo! que tampoco sería lógico que fuera al revés, porque tampoco sería constitucional según los derechos y deberes que todos y todas nos hemos dado democráticamente.
    Por lo que el Ayuntamiento de Barcelona no tiene razón jurídica ni ética o moral según se quiera ver y por definición tiene todas las de causas perdidas de antemano en cualquier tipo de tribunal de justicia. Hará muy bien en reconsiderar su postura y dar marcha atrás y agradeder el buen consejo para evitarse muchísmos problemas ua que dice el refrán que de bien nacidos es ser agradecidos.

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  2. Ye asina, billingüismu man a man, y a tolos niveles, igualdá de condiciones y llibertá d'usu.

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  3. billingüismu nel ayuntamientu27 de abril de 2012, 10:56

    Nel ayuntº de Barcelona paez que la xente intelixente ta ehí y toma notes de la realidá llegal vixente de la cuestión del billingüismu colos pies nel suelu y non con quimeres etérees pola cuenta que-yos tien.

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  4. Sí, el bilingüisme que us agrada és el que practiquen els ajuntaments d'Uvieu o Xixón, no?

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  5. Paez talmente que dalgunos tan escontra'l billingüismu bien entendíu, con llibertá moral y llegal d'usu, que ye lo meyor.

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  6. Cal utilitzar la intel.ligència i en aquesta tasca intel.lectual s'ha de donar llibertat d'eleció per parlar i expressar-se dins de Catalunya i dins de tot Espanya als catalans ia tots els espanyols que som molts més de quarantena milions, és el que penso y crec.

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  7. No estic d'acord amb el David perquè el monolingüisme obligatori que estava imposant a la força l'Ajuntament de Barcelona no era ni és legal. El legal és un bilingüisme catalá/espanyol lliure d'ús y fan molt bé en aturar-lo i donar marxa a darrere per evitar molts problemes i rectificacions futures molt poco honroses i que desprestigien a la nosa terra.

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  8. Travesti Roser, estàs en desacord amb mi quan dic que a Xixón o Uviéu es practica el monolingüisme castellà o estàs en desacord amb mi en que haurien de ser bilingües també? És que m'he perdut.

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  9. Ay mamina que me da daqué8 de mayo de 2012, 16:21

    h.oder cuánta pila faches... Tando como ta arrequexáu l'asturianu -eso sí que ye monollingüísmu impuestu y antidemocráticu- entovía tienen la cara de criticar otros ayuntamientos y otres llingües.
    Nada, meyor too en castellanu, na Asturies y per enda que ye lo que-yos prestaría de verdá.

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